Criterios de Evaluación para Acreditación Especialidades Médicas
Enero 2022
CRITERIOS GENERALES DE EVALUACIÓN PARA LA ACREDITACIÓN DE ESPECIALIDADES MÉDICAS
Núm. DJ 001-4 exenta.- Santiago, 2 de abril de 2014.-
De acuerdo a lo previsto en el artículo 45º de la ley 20.129, correspondea la Comisión Nacional de Acreditación fijar y revisar periódicamente loscriterios de evaluación para la acreditación de tales programas, a propuesta de un comité consultivo de acreditación de postgrado, en la especie, el Comité Consultivo de Especialidades Médicas.
Que los Criterios de Evaluación para la Acreditación de EspecialidadesMédicas fueron aprobados por la CNA en sus sesiones Nos 747 y 752, de 28 de febreroy 12 de marzo, ambas de 2014, respectivamente.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA ACREDITACIÓN DE ESPECIALIDADES MÉDICAS
I. DEFINICIÓN CONCEPTUAL DE ESPECIALIDAD MÉDICA
Especialidad médica es un campo acotado del saber y práctica de la medicina.
Especialista es el médico-cirujano que domina ese campo en sus aspectos depromoción, prevención, diagnóstico y tratamiento; su accionar puede abarcar también la investigación, docencia y divulgación científica.
Los programas de especialidad médica corresponden a estudios universitarios de postgrado/postítulo que otorgan la calidad de especialista.
Programa de especialidad básica o primaria es aquel que se cursa tras la obtención del título de médico-cirujano y debe tener una duración mínima de tres años.
Programa de especialidad derivada o subespecialidad es aquel que se cursa después de haber aprobado un programa de especialidad primaria y debe tener unaduración mínima de un año.
Los médicos cirujanos que se encuentren cursando un programa de especialización médica se denominan residentes
II. CONTEXTO INSTITUCIONAL
1. Entorno Institucional: instituciones formadoras, colaboradoras, campus clínicos.
1.1 Institución formadora es la universidad bajo cuya responsabilidad se desarrollael o los programas de formación de especialidad primaria o derivada. La universidad debe estar acreditada, debe impartir una carrera de pregrado de medicina acreditadaque cuente con a lo menos una cohorte de graduados con título de médico-cirujano; además, cuenta con políticas, recursos y mecanismos institucionales que garanticen su calidad.
1.1.1 Centro formador es el conjunto acreditado de unidades académicas y camposclínicos que se asocian, bajo la tuición efectiva de una facultad o escuela demedicina, con el expreso propósito de desarrollar programas de especialidadesmédicas.
1.1.2 Unidad académica es aquella unidad docente disciplinaria donde se asientala gestión académica de cada programa. Esta unidad cuenta con uno o más camposclínicos que aseguren una suficiente actividad clínica de acuerdo a los estándaresactuales de cada especialidad.
1.1.2.1 La unidad académica de la cual depende el programa cuenta con una estructura organizacional que facilita su desarrollo, asegurando la calidad de la formación entregada y los recursos educacionales necesarios para los mismos, tanto en sus dependencias como en los campos clínicos propios o en aquellos con convenio vigente. Dispone de vínculos formales nacionales que permiten un intercambio efectivo de docentes y estudiantes, siendo deseable establecerlos también con organismos internacionales.
1.1.3 Campos clínicos son espacios definidos en los distintos niveles deatención en salud, donde se realizan las actividades docentes teórico-prácticas,de acuerdo a la naturaleza del programa.
1.1.3.1 Desde el punto de vista asistencial, los campos clínicos deberán someterse, en su oportunidad, al proceso de acreditación de los prestadores institucionales, según lo establece la legislación vigente. Desde el punto de vista académico, los campos clínicos contemplados en un programa de formación de especialistas se evaluarán como un componente del correspondiente programa.
1.1.3.2 Cuenta con la cantidad y calidad de prestaciones asistenciales de acuerdo a los estándares definidos para la especialidad correspondiente.
1.1.3.3 Dispone de personal clínico y equipamiento tecnológico suficiente para el ejercicio de la especialidad, además de los servicios de apoyo diagnóstico, terapéutico y administrativo que garanticen la calidad de la atención y la formación de los residentes.
1.1.3.4 Existen mecanismos debidamente acordados entre las partes que aseguran una adecuada integración entre las actividades docentes y asistenciales.
1.2.- Instituciones colaboradoras son aquellas entidades de derecho público o privadoque colaboran para el desarrollo de una parte específica de uno o más programas deespecialización de una institución formadora. Debe existir un convenio entre lainstitución formadora y cada institución colaboradora, vigente a lo menos duranteel ciclo de acreditación. Este convenio debe:
1.2.1 Identificar los recursos y las responsabilidades educacionales,económicas y administrativas de cada parte.
1.2.2 Identificar a los responsables de supervisar el proceso de aprendizaje ydel apoyo administrativo de los residentes y especificar las responsabilidades deenseñanza y supervisión de los mismos.
1.2.3 Identificar el ámbito de participación de las institucionescolaboradoras en el programa y contar con mecanismos para su seguimiento, evaluacióny perfeccionamiento.
2. Sistema de organización interna de los programas de especialización.
2.1 El programa cuenta con un sistema organizado y efectivo de dirección y gestión, con responsabilidades, funciones y atribuciones claramente definidas.
2.2 Los académicos que desempeñen funciones directivas cuentan con lascalificaciones y experiencia necesaria, de acuerdo a políticas institucionales.
2.3 El programa evidencia mecanismos efectivos que permiten la participación delcuerpo académico, además de mecanismos internos y externos, que aseguran laadecuada resolución de conflictos académicos y disciplinarios.
2.4 El programa posee mecanismos de comunicación y sistemas de informacióneficaces y claramente establecidos que facilitan la coordinación de sus miembros.
III.- CARACTERÍSTICAS Y RESULTADOS DEL PROGRAMA DE ESPECIALIZACIÓN
1. Objetivos y perfil de egreso de un especialista médico.
1.1 El programa cuenta con objetivos y perfil de egreso explícitos, claramentedefinidos, congruentes entre sí, socializados, pertinentes y actualizados de acuerdoa los estándares de la especialidad y a la realidad epidemiológica existente ycongruente con los propósitos declarados en la misión institucional de lainstitución formadora.
1.2 El perfil de egreso considera la formación de especialistas al más altonivel según el estado del arte de la especialidad correspondiente, incorporando lascompetencias generales y específicas que se espera desarrollen los residentesdurante su período de formación.
1.3 El perfil de egreso cuenta con los mecanismos de revisión periódica enfunción de los progresos disciplinarios y las innovaciones profesionales.
2. Requisitos y proceso de selección.
2.1 La institución formadora establece los requisitos mínimos de ingreso alprograma de especialización. Selecciona o habilita, en el caso que la instituciónno esté a cargo de este proceso, a sus residentes y tiene políticas yprocedimientos conocidos públicamente.
2.2 Se cuenta con una política institucional explícita que regula lascondiciones de ingreso, permanencia y compromiso posteriores.
2.3 El programa define un cupo anual máximo, explícito y respetado acorde alas horas académicas efectivas disponibles para la docencia y la supervisión de lainstitución formadora.
2.4 Para postular a un programa de especialidad primaria, el candidato debetener el título de médico cirujano válido en Chile conforme a la legislaciónvigente.
2.5 Para postular a una especialidad derivada, el candidato debe tener eltítulo de especialidad primaria pertinente y válida en Chile, conforme a lalegislación vigente.
2.6 El proceso de selección cuenta con pautas, instrumentos y criteriosclaramente establecidos, los que están formalmente estructurados y son ponderados demanera de garantizar un proceso transparente y claro.
3. Estructura curricular y plan de estudio.
3.1 El programa cuenta con una estructura curricular y plan de estudiosconocidos por profesores y residentes, coherentes con las competencias generales yespecíficas requeridas y con el perfil de egreso declarado.
3.2 La metodología de enseñanza-aprendizaje y el sistema de evaluación deldesempeño de los residentes es coherente con los objetivos y perfil de egreso.
3.3 El programa dispone de mecanismos que permiten evaluar periódicamente elplan de estudios y las actividades académicas.
3.4 El plan de estudios está constituido por un conjunto de cursos obligatoriosy electivos, en donde las actividades teóricas y prácticas son consistentes con elperfil de egreso.
3.5 El programa cuenta con mecanismos para cautelar que los residentes tenganuna dedicación acorde con las exigencias curriculares y con las característicasformativas de la especialidad.
3.6 El programa posee mecanismos que regulan el tiempo máximo de dedicacióncurricular continua y acumulada, en especial el descanso post turnos.
3.7 El plan de estudios contempla:
3.7.1 Objetivos/competencias y metas formativas generales, definidas además para cada actividad, rotación y nivel.
3.7.2 Programa de curso con identificación de éste, descripción, objetivos o competencias esperadas, recursos metodológicos, evaluación, contenidos y bibliografía. Identifica componentes teóricos y prácticos de cada asignatura.
3.7.3 Actividades docentes -teóricas y prácticas- regulares y coherentes con las competencias esperadas.
3.7.4 Si es pertinente, se deben identificar aquellas actividades curriculares de desarrollo de la investigación y la docencia.
3.7.5 Descripción de las responsabilidades progresivas de los residentes en el cuidado de los pacientes. 3.7.6 Descripción de las responsabilidades de supervisión por parte del cuerpo docente.
3.8 El plan de estudios integra el desarrollo y logro de competencias generales comunes a todos los residentes, independientemente de la especialidad de que setrate, tales como:
3.8.1 Capacidad de ejecutar acciones de promoción, prevención, diagnóstico y tratamiento.
3.8.2 Capacidad de integrar conocimientos comunes de las ciencias biomédicas, clínicas, epidemiológicas y sociales.
3.8.3 Capacidad de aprendizaje.
3.8.4 Capacidad de comunicación.
3.8.5 Capacidad de desarrollo y fomento de características personales, sociales y éticas, propias de la deontología médica.
3.8.6 Capacidad de usar en forma eficiente y eficaz los recursos en los sistemas de salud.
4. Resultados del proceso de formación.
4.1 El programa tiene un sistema de seguimiento académico que permite disponerde información confiable y oportuna de la retención, progresión, aprobación ytitulación.
4.2 El programa evidencia un análisis de las causas de deserción, atraso, bajorendimiento o eliminación de los residentes y la adopción de acciones tendientes asu mejoría progresiva, resguardando el cumplimiento del perfil de egreso.
4.3 El programa cuenta con la capacidad de analizar y retroalimentar sudesempeño a partir de la información disponible, así como a través de lacomunicación efectiva con las instancias superiores pertinentes a nivelinstitucional.
4.4 El programa cuenta con mecanismos de seguimiento de sus titulados y es capazde demostrar la aplicación de la información correspondiente en mejorar sudesempeño. Dicha información se refiere principalmente a la pertinencia de laformación recibida respecto de las exigencias del medio profesional y/o académicocorrespondiente.
5. Efectividad del proceso enseñanza aprendizaje.
5.1 El programa presenta métodos de evaluación de los estudiantes que permitencomprobar el logro de objetivos y competencias esperados.
5.2 Los métodos de evaluación de los residentes son conocidos por todos losintegrantes del equipo docente y los propios residentes.
5.3 Las herramientas de evaluación deben medir el rendimiento, orientar laformación y promover a los residentes durante y al término de las rotaciones,semestres y años académicos.
5.4 El programa cuenta con mecanismos periódicos y conocidos deretroalimentación sobre el desempeño y progreso de sus residentes, al menos una vezpor año académico.
5.5 Cada programa posee mecanismos periódicos y conocidos de evaluación delequipo docente por parte de los residentes.
5.6 Se promueve la colaboración de evaluadores externos en los procesos deenseñanza aprendizaje.
IV. CUERPO ACADÉMICO
La dirección del programa está a cargo de un académico de laespecialidad, jerarquizado como profesor, de reconocida experiencia académica y profesional, con una relación contractual formal con la universidad igual o mayor a 22 horas semanales.
La dirección del programa es responsable del desarrollo de las labores desupervisión, conducción y coordinación que requiera su gestión, dedica el tiemponecesario de acuerdo al tamaño y complejidad del programa, considerando laexistencia de un equipo directivo de apoyo calificado y con trayectoria adecuada ydemostrable.
El programa cuenta con un cuerpo de profesores constituido por especialistas certificados por un programa universitario, por Conacem o bien especialistas de otroorigen con un reconocido prestigio en el medio nacional, pertenecientes a las dosprimeras jerarquías.
El cuerpo de académicos puede estar conformado por profesores permanentes ycolaboradores. Los profesores permanentes son aquellos académicos de las dos másaltas jerarquías con una vinculación formal y contrato vigente con la universidad.Los profesores colaboradores pueden no poseer contrato laboral con la universidad,son especialistas clínicos de reconocida trayectoria y reconocimiento, condedicación parcial o temporal al programa a través de convenios docentesasistenciales, institucionales u otros.
Los profesores cuentan con una trayectoria de relevancia y pertinente alámbito disciplinario. La trayectoria considera el prestigio personal en el ámbitode la actividad profesional y la participación en actividades de extensión o deperfeccionamiento continuo nacionales o internacionales de la disciplina. Losprofesores permanentes cuentan, además, con trayectoria en actividades académicas através del nivel de publicaciones y participación en actividades de investigación,docencia y extensión.
El número de profesores debe ser suficiente para el cumplimiento de losobjetivos educacionales, resultados de aprendizaje, los procesos de evaluación,administración académica y supervisión de alumnos.
El número de profesores permanentes mínimo para constituir un programavariará de acuerdo a la especialidad y número de residentes, pero no debe serinferior a 3 profesores con una dedicación igual o superior a 22 horas semanales.Excepcional y justificadamente, en algunas especialidades derivadas, este númeropodrá ser menor. La dedicación horaria de los profesores debe ser como mínimo de11 horas semanales, siendo deseable que a lo menos el 50% de los profesores tenga una dedicación de 22 o más horas semanales al programa.
El programa posee los mecanismos de evaluación del desempeño docente delos profesores permanentes y colaboradores. Se incluyen mecanismos confiables deconsulta a los residentes.
La relación docente-residente del programa de especialidad no debe sermenor a la relación
El programa considera reuniones periódicas programadas del/la director/a y el cuerpo docente para evaluar la gestión y desarrollo académico-administrativo delmismo.
La institución formadora asegura la disponibilidad de recursos humanos delárea técnica y administrativa necesarios para el adecuado desarrollo del programa.
El programa cuenta con una normativa formal y conocida de contratación,evaluación y perfeccionamiento de profesores permanentes y colaboradores, congruentecon la reglamentación institucional vigente.
V. RECURSOS DE APOYO
Apoyo institucional e infraestructura. La institución dispone de los recursos necesarios para el logro de susobjetivos. Esto incluye:
1.1 Una biblioteca tradicional o virtual que asegure el acceso a la informacióncompleta y actualizada de la especialidad.
1.2 Espacios físicos adecuados para estudio personal, realización de reunionesclínicas, seminarios o talleres.
1.3 Residencia y baño, adecuadamente equipados, en los campos clínicos dondese realicen turnos.
1.4 Acceso a equipamiento específico que asegure el aprendizaje de técnicaspropias del estándar actual de la especialidad.
La institución formadora debe cautelar que sus residentes cuenten con las condiciones que les permitan cursar la especialidad con entera dedicación al mismo, en cumplimiento de las normas nacionales de vacunación y pudiendo hacer frente aenfermedades o accidentes, así como la responsabilidad civil derivada de daños quepudieran generarse con ocasión del desempeño en el programa.
3. Vinculación con el medio.
3.1 En concordancia con las políticas institucionales, el programa cuenta conpolíticas y mecanismos orientados a fomentar y desarrollar la vinculación de susresidentes y docentes con el medio académico, laboral y social, así como con laspolíticas del sistema nacional de salud.
VI. CAPACIDAD DE AUTORREGULACIÓN
El programa resguarda que exista un adecuado equilibrio entre el número de residentes y el total de recursos disponibles.
El programa posee mecanismos de evaluación periódica que identifica oportunidades y debilidades y que fomentan la elaboración de un diagnóstico con laparticipación de todos los estamentos respecto de su desempeño actual y laelaboración de un plan de mejoramiento.
El programa dispone de un plan de desarrollo o mejoramiento realista yverificable, que considera responsables, plazos, recursos e indicadores deefectividad asociados.
La difusión del programa, por cualquier medio, es clara y expresa fielmente larealidad del programa y de la institución.
El programa proporciona a los residentes los servicios ofrecidos y respeta las condiciones esenciales de aprendizaje bajo las cuales éstos ingresaron.
El programa organiza y conduce los procesos de toma de decisiones de acuerdo ala normativa institucional y legal vigente.
El programa cuenta con un reglamento claro y ampliamente difundido en el que sedefinen los derechos y deberes de los residentes y del cuerpo académico. Este escongruente con las políticas y reglamentos institucionales.
El programa utiliza los antecedentes recogidos durante los anteriores procesosde acreditación para actualizarse y perfeccionarse e impulsar actividades demejoramiento.
Artículo segundo: Los Criterios de Evaluación para la Acreditación deEspecialidades Médicas entrarán en vigencia a partir de la fecha de su publicaciónen el Diario Oficial. Cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.-Paula Beale Sepúlveda, Secretaria Ejecutiva.